Andrea Rueda Arango, feliz practicando ciclismo.
Tamaño del texto
Condenan a 3 clínicas: “No queremos que se repita lo que sucedió con nuestra hija”

Condenan a 3 clínicas: “No queremos que se repita lo que sucedió con nuestra hija”

Juez ordena que las clínicas de Fracturas, Altos de San Vicente y Reina Catalina capaciten a su personal para que no cometan más “infracciones de humanidad”, como en el caso de la ciclista Andrea Rueda Arango a quien le negaron el servicio de urgencia vital.

Por José Granados Fernández
X: @JoseGranadosF

Como madre, Alma Arango Ruiz sigue triste desde 2022 por la muerte trágica de su hija Andrea; hoy, como integrante de la sociedad, comienza a encontrar algo de consuelo luego de que el Juzgado 13 Civil del Circuito Oral de Barranquilla condenara a tres clínicas por violar la ley al no prestarle el servicio de urgencias a la joven ciclista.

“Nuestra demanda está dirigida, y lo hemos logrado en esta instancia, a que no vuelva a repetirse lo que le hicieron a mi hija: no le prestaron el servicio de urgencia, no la socorrieron, luego de ser atropellada”, dice la profesora universitaria.

Se refiere a que el juez Libardo León López ordena en la condena a las clínicas de Fracturas Centro de Ortopedia y Traumatología, Altos de San Vicente y Reina Catalina que como medida de reparación integral reciban curso de capacitación en infracción de humanidad en su planta de profesionales o cargos de urgencias y su planta de administrativos, como sanción de no repetición, cursos de intensidad horaria no menor de 15 horas y adelantado por instituciones especializadas en estas materias (…) dentro de los tres meses siguientes a la ejecutoria de esta providencia”.

Vladimir Monsalve Caballero, abogado de la familia demandante, en diálogo con 30dias.co, valoró la decisión judicial. Opina que esta “marca un hito jurisprudencial”, primero, contra el llamado ‘paseo de la muerte’ y, segundo, porque ordenó una reparación para la no repetición con la capacitación que debe llevarse a cabo, lo que tiene un enorme simbolismo social.

La familia y el apoderado explican que antes que una indemnización económica, el interés inicial era que las clínicas ofrecieran perdón por no haber atendido a Andrea y se comprometieran, públicamente, a capacitar a su personal, para evitar más “desatenciones inhumanas” como la que se presentó.

El porqué de la demanda

Como las clínicas no aceptaron la propuesta, porque «decían que no eran responsables de nada», fueron demandadas.

El fallo del juez Libardo León, proferido el pasado 3 de junio, las encontró “civilmente responsables” de los daños causados a la familia de la víctima, por lo que ordenó el pago de indemnizaciones a ésta y de $12 millones por los costos del proceso.

LA INDOLENCIA MÉDICA

A sus 32 años, Andrea Rueda Arango era una aficionada disciplinada del ciclismo de ruta. La madrugada del 17 de noviembre de 2022 subía por la carrera 51B rumbo a la Clínica Portoazul para reunirse con sus compañeros del equipo Caribbean Cycling Club, pero no llegó: frente al conjunto residencial ‘Barranquilla Linda’, a las 4:34 a.m., fue arrollada por Yimi Meléndez, quien, a bordo del taxi SDV 616 de Soledad, realizó una fatal “reversa imprudente”.

Varias personas que a esa hora estaban cerca socorrieron a Andrea y ayudaron al taxista que pedía auxilio.

En una angustiosa carrera contra la muerte, al verla mal herida, Meléndez la llevó a las clínicas de Fracturas, a solo tres cuadras, luego a la de Altos de San Vicente, también muy cerca, después a la Reina Catalina, en la misma zona, pero en ninguna la atendieron.

Diecinueve largos minutos duró el taxi yendo de clínica en clínica. En la de Fracturas salió un médico, la valoró en el carro, pero más nada; en la de Altos de San Vicente al taxista le pidieron una serie de documentos y no la recibieron, y en la Reina Catalina la respuesta fue que no la atendían en urgencias porque la clínica estaba llena.

“El juez condena que le conculcaron a Andrea el derecho a la salud, que es un derecho fundamental al no atender su urgencia”, explica Monsalve Caballero.

Le violaron un derecho fundamental

Fue tal la desatención que ni siquiera se dieron cuenta de que la ciclista herida, además de EPS, tenía un plan de medicina prepagada.

Solamente en la Clínica Bonnadona la recibieron. Llegó sin signos vitales, tuvieron que reanimarla; el diagnóstico: trauma cerrado de tórax. En la noche murió.

“Fueron indolentes con mi hija, no tuvieron respeto por la vida de una persona herida”, sigue lamentándose su mamá, quien siente que fue revictimizada durante el proceso judicial que instauraron ella, el padre de la joven, Joaquín Rueda, y la abuela, Nancy Ruiz.

Esa indolencia del 17 de noviembre siguió hasta los estrados judiciales cuando un médico de la Clínica Reina Catalina que firmó el acta durante una inspección de la Secretaría de Salud Distrital, “dijo ante el juez que por qué los demandaban si era posible que cuando llevaron a Andrea ya estaba muerta”, cuenta dolida la madre de la víctima.

Revictimización ante el juez

¿QUÉ PASA EN LA SECRETARÍA DE SALUD?

Otro cuestionamiento que formula la familia tiene que ver con el “extraño e incongruente rumbo” que el caso ha tomado en la Secretaría Distrital de Salud.

¿Por qué consideran que hay incongruencias en su actuación?

Inicialmente, de manera diligente y oportuna, la entidad distrital llevó a cabo, el 18 de noviembre, tres visitas de Inspección, Vigilancia y Control luego de conocerse la muerte de la deportista.

Los funcionarios comisionados levantaron las respectivas actas. En los documentos, en poder de 30dias.co, dejaron consignado que en la Clínica de Fracturas “no prestaron el servicio de urgencia vital” a la víctima, “incumpliendo la normatividad vigente Ley Estatutaria 1751 del 2015 por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones”, dice el informe.

Además, hallaron otras notables deficiencias en las instalaciones de esta entidad.

Igual de protuberante fue la desatención que constataron en la Reina Catalina y en la Clínica Altos de San Vicente: “durante la revisión del caso se evidencia la no atención de (la) paciente evidenciando incumplimiento de la Ley 1751/2015 (…) se evidencia además incumplimiento del Decreto 4747/2007 en su Artículo 10 Sistema de selección y clasificación de pacientes de urgencias Triage”, dicen las dos actas.

Esos hallazgos fueron entregados a la Oficina Jurídica de la Secretaría de Salud, pero “dos años y medio después esta dependencia no ha tomado ninguna decisión. ¿Por qué? Su actuación se vuelve sorprendente y preocupante”, expresan la familia y la defensa.

La decisión del juez Libardo León fue apelada por las clínicas condenadas. En manos del Tribunal Superior de Barranquilla está la decisión de fondo sobre el trato inhumano denunciado.

Este es el texto de la decisión judicial:

Explorar más notas