El Municipio y la autoridad ambiental incumplieron obligaciones y abrieron la puerta para el grave daño ecológico. Con el fin de frenarlo, la Procuraduría pide declarar el “Estado de cosas inconstitucionales”.
Por José Granados Fernández
X: @JoseGranadosF
A través del Plan Básico de Ordenamiento Territorial, PBOT, y el Plan de Ordenamiento y Manejo de Cuencas Hidrográficas expedidos en 2017, Puerto Colombia y la Corporación Autónoma Regional del Atlántico, CRA, omitieron e incumplieron normas urbanísticas y ambientales que amenazan con terminar de destruir el ecosistema de la Ciénaga de Mallorquín y el río Magdalena.
Por estas decisiones, y otras que no se tomaron en el pasado, existen “sistemáticas y progresivas vulneraciones” de los intereses colectivos, por lo que la Procuraduría General de la Nación, PGN, a través del delegado para Asuntos Ambientales, Gustavo Guerrero, y el procurador Ambiental del Área Metropolitana de Barranquilla, Carlos Arrieta, presentaron ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca una Acción Popular con el fin de que se declare el “Estado de cosas inconstitucionales” a fin de establecer responsabilidades, públicas y privadas, para corregir y detener el desastre que se está produciendo.
En Puerto Colombia, durante la administración del investigado ex alcalde Steimer Mantilla, adoptaron a la carrera y de manera sospechosa los ajustes al PBOT, que, entre otras disposiciones, aumentó la densidad habitacional en Villa Campestre, pasando de 4 a 240 viviendas por hectáreas neta urbanizable; también en Caujaral abrieron la posibilidad de construir edificios de más de 20 pisos.
La aprobación del Acuerdo 013 del 5 de diciembre de 2017 que llevaron a cabo 13 concejales abrió la puerta a proyectos como Ciudad Mallorquín, de la poderosa e influyente constructora Argos, inicialmente en 78.9 hectáreas: en 2020 el municipio porteño expidió el Plan Parcial Ribera de Mallorquín, en un área de 53 hectáreas, y en 2023 el Plan Parcial Ribera de Mallorquín Etapa 3, de 25.9 hectáreas.
En esa misma área y con igual afectación, también en 2023, fue expedido el Plan Parcial para la construcción del Polideportivo Tecnosports, en 7.16 hectáreas.
![Steimer Mantilla, ex alcalde de Puerto Colombia, investigado por el PBOT de 2017.](https://30dias.co/wp-content/uploads/2025/01/2-Steimer-Mantilla-1024x665.jpg)
Al responder las denuncias sobre que está cometiendo un ecocidio, Argos dice que ellos “impulsan el desarrollo”; señala que cumple con la normatividad para este tipo de proyectos; afirma que en Puerto Colombia se está escribiendo “un nuevo capítulo en el impulso de desarrollos urbanos sostenibles” y sostiene que el área donde construyen Ciudad Mallorquín no es un relicto de bosque seco tropical.
Ante las críticas, la cementera es poco gustosa de los cuestionamientos. Por ejemplo, en un claro ataque a la libertad de prensa, ha tratado de callar al periodista Horacio Brieva, columnista de El Heraldo, con amenazas de judicializarlo por las denuncias que ha hecho sobre el proyecto Ciudad Mallorquín. El comunicador dejó de escribir sobre el tema y el medio de comunicación, extrañamente, no ha fijado públicamente una postura sobre las intimidaciones en su contra.
“MANDADO CON NOMBRE PROPIO”
Contrario a lo que sostiene Argos, de acuerdo con conceptos de especialistas, la inocultable tala y devastación del “bosque seco” y el “daño causado a la biodiversidad” allí existente, motivó la intervención del Ministerio Público que concluyó que existe un evidente daño ambiental en toda esa área y que hay que actuar para frenarlo, por lo que presentó la Acción Popular.
La Procuraduría encontró que, además de omitir normas legales, Puerto Colombia, para facilitar la expansión urbana, aprobó los ajustes al PBOT con un agravante: no existía —ni existe 7 años después— disponibilidad inmediata y suficiente de agua potable, como tampoco hay sistemas para el tratamiento de las aguas residuales domésticas.
Estas falencias se constituyen en un grave problema de contaminación por el vertimiento de las alcantarillas al río Magdalena y la Ciénaga de Mallorquín, humedal que forma parte de los sitios Ramsar protegidos por su interés mundial y en el que, paradójicamente, el Distrito de Barranquilla se ha gastado más de 113 mil millones en un ecoparque.
La actuación de los funcionarios municipales y de la CRA fue una especie de “mandado con nombre propio: urbanizar como sea”, dicen fuentes consultadas sobre las violaciones y omisiones cometidas.
En 2019, a Mantilla y a los 13 concejales que aprobaron el PBOT, entre los que se cuenta el actual alcalde Plinio Cedeño, la Fiscalía les imputó prevaricato por acción y asociación para cometer un delito contra la administración pública.
“De manera dudosa, el caso se frenó cuando las decisiones siguientes quedaron en manos de un juez de Puerto Colombia”, dijo una segunda fuente que conoció parte del proceso penal.
Por la aprobación irregular del PBOT, Mantilla también fue sancionado, en septiembre de 2020, en primera instancia por el Ministerio Público. El proceso disciplinario en su contra está en apelación.
SIN SERVICIOS PÚBLICOS
En la Acción Popular, la Procuraduría cuestiona que, con el nuevo Plan Básico de Ordenamiento Territorial, Puerto Colombia “ha categorizado suelos de expansión urbana sin contar con la factibilidad de servicios públicos domiciliarios, como los de acueducto y alcantarillado, toda vez que proyectos como Ciudad Mallorquín, están ubicados por fuera del área de prestación de servicios de la empresa Triple A.
“En igual sentido —agrega la PGN sobre las decisiones municipales— se han adoptado planes parciales sin contar con la factibilidad y viabilidad inmediata de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, encontrando asidero fáctico y jurídico en el hecho de que las factibilidades y disponibilidades inmediatas de servicio se expidan de manera condicionada a la ejecución de obras a cargo de terceros y no de la empresa prestadora de dichos servicios o del Municipio.
“Lo anterior ha conllevado a que las aguas residuales domésticas se viertan sin ningún tratamiento en puntos ubicados en la ciudad de Barranquilla, teniendo como fuente receptora el río Magdalena y la misma Ciénaga”, dice la demanda con respecto el daño ambiental que se agravará porque en Ciudad Mallorquín construyen 18.000 apartamentos para más de 72.000 moradores; es decir, tendrá más habitantes que el resto de Puerto Colombia donde en 2023 vivían unas 54.000 personas.
La Procuraduría concluyó que Puerto Colombia está desarrollando su territorio “pretermitiendo”, es decir omitiendo, determinantes ambientales que son normas superiores de necesario cumplimiento para expedir los PBOT, y “desconociendo todo lo reglamentado en materia de servicios públicos domiciliarios, saneamiento básico y agua potable”.
Es decir, Mantilla y los 13 concejales actuaron a sabiendas de que la municipalidad no contaba, ni cuenta, con un Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado. Por eso, cuestiona la Procuraduría, Puerto Colombia “ha faltado a estos deberes constitucionales y legales con incidencia negativa en los derechos colectivos (…)”.
LA CRA Y SUS OMISIONES
Así como la administración porteña incumplió las normas del ordenamiento territorial, la CRA, a su vez, a través de la Resolución 000072 que ajustó el Pomca durante la administración de Alberto Escolar Vega, también, de manera sospechosa, fue “omisiva” al incumplir normas ambientales que han terminado, coincidencialmente, favoreciendo la expansión urbanística.
¿Por qué Escolar y sus asesores se hicieron los ciegos al aprobar los ajustes del Pomca?
Al estudiar la documentación que le fue suministrada, el Ministerio Público halló que en la CRA se surtieron los trámites de concertación de los asuntos ambientales tanto del Plan de Ordenamiento Territorial de Puerto Colombia, que declaró como suelos de expansión urbana áreas donde se construyen los proyectos urbanísticos Ciudad Mallorquín, así mismo los Planes Parciales Polideportivo Tecnosport, Ribera Mallorquín y Ribera Mallorquín Etapa 3, “sin que la autoridad ambiental hiciera valer en cada uno de estos procesos aspectos fundamentales como la garantía de protección del área de importancia ecológica, como es la cuenca de la Ciénaga, el manejo adecuado de los vertimientos y en general el saneamiento básico”.
![Alberto Escolar Vega, ex director de la CRA, hizo las modificaciones del Pomca.](https://30dias.co/wp-content/uploads/2025/01/3-Alberto-Escolar-1024x604.jpg)
Dentro del seguimiento que como autoridad ambiental realiza al Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos, PSMV, de Puerto Colombia, de manera dudosa la CRA “no tuvo en cuenta que los nuevos desarrollos urbanísticos contemplaron en su estructuración el vertimiento sin previo tratamiento de las aguas residuales domésticas a una fuente receptora como es el río Magdalena en una jurisdicción totalmente diferente, perteneciente al Distrito de Barranquilla, (…)”.
Es decir, la CRA fue negligente.
“(…) se puede afirmar que la autoridad ambiental ha demostrado inacción cuando se trata de tomar medidas y acciones para proteger el área de importancia ecológica objeto de protección, en tratándose de ejercer las funciones de control, seguimiento y control, así como también en los procesos que se han surtido de ordenamiento del territorio, sin que la misma haya hecho valer, en debida forma, los determinantes ambientales, normas de superior jerarquía”, dice la demanda.
AGUAS DE ALCANTARILLAS
Cuestiona la Procuraduría que, “agudizando la problemática”, aún no se conoce cómo se resolverá el tratamiento de las aguas de alcantarillas que producirá el proyecto Ciudad Mallorquín y de todos aquellos que construirán en el futuro inmediato en el área de influencia de la Ciénaga y el río Magdalena.
Ante lo que denuncia la PGN surgen varias preguntas:
¿Como el río Magdalena y la Ciénaga de Mallorquín son el depósito de aguas de alcantarilla del megaproyecto Ciudad Mallorquín, quién construirá el sistema de tratamiento de aguas residuales que se necesita con urgencia, pues la urbanización está en Puerto Colombia pero sus aguas residuales contaminan territorio de Barranquilla?
![La Ciénaga de Mallorquín sigue siendo contaminada por aguas de alcantarillas.](https://30dias.co/wp-content/uploads/2025/01/4-Cienaga-de-Mallorquin-1024x577.jpg)
¿La Administración Distrital le cargarán a los barranquilleros la construcción de dicho sistema?
¿Qué hará la CRA, en cabeza de su actual director, Jesús León Insignares, ante la innegable contaminación; cómo autoridad ambiental les exigirá a los constructores de Ciudad Mallorquín y a la Triple A que no envenenen el Río ni la Ciénaga?
El Ministerio Público señala en la Acción Popular respecto al actuar negligente de Escolar y su grupo de trabajo: “lo anterior evidencia que, para el caso del municipio de Puerto Colombia y el Distrito de Barranquilla, la Corporación Autónoma Regional del Atlántico —CRA— no ha cumplido de manera efectiva con dicha función de seguimiento, vigilancia, control y sanción”.
PETICIONES DE LA DEMANDA
Además de Puerto Colombia y la Corporación Autónoma Regional del Atlántico, la Acción Popular involucra a los ministerios de Ambiente y Vivienda, al Área Metropolitana de Barranquilla y a la Triple A.
Por las omisiones cometidas, el Ministerio Público formuló 13 peticiones ante el Tribunal de Cundinamarca, entre ellas que declare que han sido “vulnerados y amenazados” los derechos colectivos al goce de un ambiente sano, la existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales con el fin de garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución; el acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública y a que su prestación sea eficiente y oportuna.
También reclama que se garantice “la realización de construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos respetando las disposiciones jurídicas, de manera ordenada, y dando prevalencia al beneficio de la calidad de vida de los habitantes”.
Pide la demandante “que se declare el Estado de cosas inconstitucional por la falta de saneamiento básico y protección de los recursos naturales en el área de influencia de la Ciénaga de Mallorquín, jurisdicción del municipio de Puerto Colombia y el Distrito de Barranquilla, en aras de lograr de manera articulada soluciones entre las diferentes entidades demandadas, para abordar la problemática y que conlleven al cese de la vulneración sistemática y progresiva a un gran número de habitantes del departamento del Atlántico y visitantes”.
Solicita al Tribunal de Cundinamarca que le ordene a Puerto Colombia que “en un término perentorio” revise su Plan Básico de Ordenamiento Territorial, en aras de que redefina sus suelos de expansión urbana de acuerdo con la disponibilidad de servicios públicos; requiere que a ese Municipio le ordenen estructurar y adoptar un Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado.
También, la Procuraduría pide que el Tribunal le ordene a la Triple A abstenerse de expedir factibilidades y disponibilidades inmediatas de servicios cuando la realidad es que esa infraestructura no existe y los servicios de agua y alcantarillado quedan condicionados a construcciones futuras, como sucede en el caso de Ciudad Mallorquín: el Acueducto del Norte apenas lo están haciendo y no hay un sistema de tratamiento de aguas residuales, lo que significa todo un megadaño ambiental que se suma a la deforestación, en este momento de 78.9 hectáreas —124.2 más están en riesgo de ser devastadas—, y a la destrucción del hábitat de 82 especies de aves, como las guacharacas, el colibrí manglero y el pájaro yolofo, y de manatíes y reptiles.
Esta es la Acción Popular que presentó la Procuraduría General de la Nación: